La AFIP anunció que tendrá una feria fiscal entre el 26 y 28 de mayo, ambos inclusive por las medidas sanitarias dispuestas por el gobierno nacional. La medida establece la suspensión del cómputo de los plazos vigentes en determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, intimaciones y clausuras pero se mantendrán habilitados distintos procedimientos de fiscalización, anunció la entidad.
Dentro de los procedimientos exceptuados de la feria fiscal se encuentran las fiscalizaciones vinculadas al Aporte solidario y extraordinario, las fiscalizaciones realizadas a partir de la información proporcionada por la OCDE, así como la proveniente del intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales. También se encuentran exceptuados los procedimientos relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia, las fiscalizaciones electrónicas; aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan íntegramente online.
La Resolución General N° 4999, que será publicada en el Boletín Oficial, establece la vigencia de una nueva feria fiscal en el marco del agravamiento de la situación epidemiológica de la pandemia del Covid-19. "La decisión del organismo está en línea con las medidas de restricción de la circulación tendientes a proteger la salud de la población, mitigar la propagación del virus y evitar el colapso del sistema sanitario dispuestas por el Gobierno nacional", se anunció.
Entre el 26 y 28 de mayo estará vigente una feria fiscal. Durante ese período se suspenden el cómputo de los plazos vigentes en determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, intimaciones y clausuras. Continúan habilitados distintos procedimientos de fiscalización pic.twitter.com/CEUhaCk0nP
— AFIPComunica (@AFIPcomunica) May 26, 2021