Permiten la vuelta de los cines y teatros en todo el país
El regreso será con un 50% de aforo para salas de teatro y espectáculos y 30% de aforo en los cines.
El Gobierno habilitó oficialmente el regreso de los cines, teatros y salas de espectáculos de centro culturales en todo el país. El regreso será con un 50% de aforo para salas de teatro y espectáculos y 30% de aforo en los cines. La Decisión Administrativa 607 de la Jefatura de Gabinete, publicada en la edición de este miércoles del Boletín Oficial, indica que "el Ministerio de Cultura de la Nación ha peticionado que se arbitren las medidas para que, en los lugares considerados de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, se autorice la realización de las actividades relativas al cine y al desarrollo de artes escénicas (música en vivo, teatro, danza y circo) con y sin asistencia de espectadores”.
Ya está publicada la edición del 16/06/2021 del Boletín Oficial de la República Argentina.
— Boletín Oficial R.A. (@boletin_oficial)
Podés visualizarla en https://t.co/eu8kOvhypSJune 16, 2021
La decisión establece que "en las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas, el que podrá ser aumentado conforme la situación epidemiológica y de conformidad con los protocolos vigentes". Las personas involucradas en estas actividades deberán llevar el Certificado Único Habilitante para Circulación -Emergencia Covid-19. En tanto el público asistente deberá "acreditar su condición de tal con los tickets de acceso al espectáculo, que deberán especificar la sala a la que se asistió, el título de la obra o concierto y artista, el horario de la función y el número de la butaca que ocupó".
De esta manera, se establece "la excepción de la suspensión dispuesta en el inciso f) del artículo 16 del Decreto N° 287/21, prorrogado por sus similares N° 334/21 y N° 381/21, en los lugares considerados como de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, a la realización de actividades en cines, en teatros y en salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores".