La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la prórroga de la feria fiscal hasta el 7 de junio próximo, en el marco de la extensión de la cuarentena por la pandemia de coronavirus. A través de la resolución general 4722/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, se precisó que durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por e Gobierno se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.
La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros. Sin embargo, la decisión no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos.
Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social, pero no se suspenden las acciones de la AFIP. No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo. La resolución habilita a la AFIP a continuar con los procedimientos de fiscalización que se realizan en función de la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), sobre cuentas de argentinos en el exterior.
La normativa dispone la posibilidad de avanzar en virtud de que resultan de trascendencia institucional y comprometen el interés fiscal en el marco del actual contexto de emergencia.
Extendemos la feria fiscal hasta el 07/06, inclusive. Durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, se suspende el cómputo de plazos vigentes en determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, intimaciones y clausuras, entre otros procedimientos. pic.twitter.com/elDWQTNbmU
— AFIPComunica (@AFIPcomunica) May 26, 2020