Denuncian a Caputo por presuntas irregularidades en la ANSES
El ministro de Finanzas está en la mira por el manejo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS).
La Unidad Fiscal de Investigaciones de Delitos de la Seguridad Social (UFISES) denunció este jueves al ministro de Finanzas, Luis Caputo, por presuntas irregularidades en el manejo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la ANSES.
Presuntamente durante el año 2016, unos 500 millones de pesos fueron invertidos en la compra de Lebacs y por ello se pagaron comisiones a un Fondo Común de Inversión relacionado con el propio ministro. La causa quedó radicada ante el juzgado federal número nueve, a cargo del juez Luis Rodríguez.
El Fondo de Garantías podía, y de hecho lo hizo, comprar Lebacs sin pagar comisiones, pero prefirió tercerizar parte de esa operación al abonar comisiones al fondo FCI Axis Ahorro Plus, fundado por el titular de la cartera de Finanzas e integrado por él hasta diciembre de 2015, cuando Mauricio Macri asumió la presidencia de la Nación.
“Resulta llamativo que, en un mismo periodo, el Comité del FGS haya suscripto LEBACs a través del FCI Axis Ahorro Plus con la consecuente obligación de abonar los honorarios fijados y también haya adquirido dichas letras en forma directa sin pagar gastos extras”, explicó el representante de la UFISES en el sitio www.fiscales.gov.ar.
La denuncia también involucra a otros funcionarios de la ANSES, entre ellos Emilio Basavilbaso, Gustavo Ángel Marconato, Luis María Blaquier y Pedro Lacoste. El titular de la UFISES, Gabriel De Vedia, imputó a todos por los delitos de “negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública; incumplimiento de deberes de funcionario público y administración infiel en perjuicio de la administración pública”.
Según el escrito presentado, Caputo ocupó cargos ejecutivos en el Deutsche Bank S.A, sociedad que actualmente oficia como depositaria del FCI Axis Ahorro Plus. En este sentido, se corroboró que por asamblea general ordinaria de accionistas celebrada el 4 de abril de 2003 fue designado director titular del banco por el plazo de dos años, junto con, entre otros, Carlos Hernán Planas, con quien posteriormente conformaría Axis Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A.
Luego, en una asamblea general de accionistas el 28 de mayo de 2004, fue elegido como presidente de la sociedad, cargo que ejerció hasta la aceptación de su renuncia, el 18 de septiembre de 2008.
En ese contexto, la firma Axis Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A. fue constituida el 8 de marzo de 2012 por Luis Caputo (director titular y presidente) y Carlos Hernán Planas (director titular y vicepresidente), entre otros. Al componerse el capital de la sociedad, el ahora ministro de Finanzas suscribió 300 mil acciones por la suma de 300 mil pesos, lo cual representaba el 60 por ciento del capital social.
Desde entonces, ejerció la presidencia de la sociedad comercial. Es decir que Caputo era director titular y presidente de Axis SGFCI S.A. al momento en que dicha empresa solicitó y obtuvo por parte de la Comisión Nacional de Valores (C.N.V), la aprobación del reglamento de gestión del Fondo Común de Inversión Axis Ahorro Plus.
El 4 de diciembre de 2015 el ahora funcionario presentó su renuncia al cargo, fundada en motivos personales. Asumió en su reemplazo Carlos Hernán Planas, mientras que el 16 de diciembre de ese año Caputo fue designado por el Poder Ejecutivo Nacional en el cargo de Secretario de Finanzas. Además, la Sociedad Anónima publicó en su sitio web una lista actualizada de sus directores, staff e idóneos, entre quienes figura Jimena Caputo.
La denuncia traza como hipótesis delictiva que “la conducta desplegada por Caputo configuraría el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”.
“La Ley de Ética Pública enuncia en su artículo 13 que, entre otras cuestiones, resulta incompatible con el ejercicio de la función pública dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar, o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades”, sostiene el texto.