El Ministerio de Salud elevó a $2.672 el monto mensual que las obras sociales, las empresas de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades deben reintegrar a sus pacientes celíacos por la compra de harinas y premezclas libres de gluten, sus derivados y/o productos elaborados con las mismas.
Mediante la resolución 144/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial, se actualizó el monto de la cobertura que las entidades alcanzadas por el artículo 9° de la Ley Nº 26.588 deberán brindar a las personas con diagnóstico de celiaquía.
Ya está publicada la edición del 20/01/2022 del Boletín Oficial de la República Argentina.
— Boletín Oficial R.A. (@boletin_oficial) January 20, 2022
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Hasta ahora, el reintegro estaba fijado en $1.843,05. Para dotar de operatividad al sistema de actualizaciones, la Secretaría de Gobierno de Salud solicitó al Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) que desarrolle el cálculo de valorización de una Canasta Básica Alimentaria (CBA) para celíacos (CBA-Sin TACC) en junio de 2018.
La celiaquía es la intolerancia permanente al gluten y pueden padecerla tanto niños como adultos.