Este miércoles, el Ministerio de Hacienda y Finanzas a cargo de Martín Mura presentará en la Legislatura de la Ciudad el Presupuesto 2022. En línea con los ejes de la campaña electoral, aparecen dos nuevas exenciones a destacar y beneficios impositivos para los contribuyentes, en especial para aquellos con buen cumplimiento de pago y pagos anticipados. Según el detalle, los aumentos impositivos estarán en línea con la inflación. El texto buscará aprobarse antes del 10 de diciembre, previo al recambio de la Cámara.
ABL
Pago anticipado: Quienes opten por el pago anual cancelarán completamente el impuesto y ya no se verán alcanzados por la actualización mensual del mismo durante el 2022.
Buen cumplimiento de pago: 10% de bonificación por buen cumplimiento en 2021. Se aplicará sobre cada una de las cuotas mensuales del año 2022, pagando a término cada una de ellas. Sólo para personas humanas, partidas correctamente titularizadas y que no registren deuda vencida.
Débito Automático: Bonifica el 100% de la última cuota (Cuota 12) a quienes hayan adherido su pago a Débito Automático antes del 30/06/2022. Sólo para personas humanas que hayan recibido la bonificación por buen cumplimiento de pago y partidas correctamente titularizadas.
Patentes
Pago anticipado: Descuento del 10%.
Buen cumplimiento de pago: 10% de bonificación por buen cumplimiento en 2021.Se aplicará sobre cada una de las cuotas bimestrales del año 2022 pagando a término cada una de ellas. Sólo para personas humanas, dominios correctamente titularizados y que no registren deuda vencida.
Débito automático: Bonifica el 50% de la última cuota bimestral (Cuota 6) a quienes hayan adherido su pago a Débito Automático antes del 30/06/2022. Sólo para personas humanas que hayan recibido la bonificación por buen cumplimiento de pago y dominios correctamente titularizados.
Novedades 2022 para ABL y Patentes
Con motivo de las restricciones ocasionadas por la pandemia y por la caída en la actividad económica, durante el año 2020 muchos contribuyentes no pudieron hacer frente a sus obligaciones tributarias. Aquellos que, además, eran buenos cumplidores, dejaron de percibir las correspondientes bonificaciones.
En ese sentido, a partir de ahora se le brindará la oportunidad de acceder a una bonificación del 5% a los contribuyentes que durante el 2022 paguen en término el ABL y la Patente, independientemente de su comportamiento tributario anterior.
Bonificación por pago a término: 5% de descuento para personas humanas que paguen las cuotas del 2022 hasta la fecha de vencimiento.
Recargo por pago fuera de término: 5% de recargo en cada cuota, más los intereses resarcitorios correspondientes hasta la fecha de pago.
Exenciones impositivas
Se seguirán manteniendo las siguientes exenciones que estuvieron vigentes durante el 2021. Entre las principales se encuentran:
Exención total o parcial de ABL para Jubilados y Pensionados según lo previsto por la legislación.
Exención para Personas con Discapacidad (ABL y Patentes) según lo previsto por la legislación.
Exención de Ingresos Brutos para el primer emprendimiento con 2 empleados: 100% de beneficio para el primer año y 50% para el segundo.
Exención de Ingresos Brutos de pleno derecho para profesiones liberales universitarias, actividades didácticas y/o pedagógicas, y actividades artísticas y/o culturales entre otras.
Exenciones diversas para las empresas que se instalen en los Distritos Tecnológico, Audiovisual, de Diseño, del Deporte, de las Artes y del Vino.
Nuevas exenciones impositivas
Para el 2022, se agregarán al grupo previamente mencionado, dos nuevas exenciones:
Exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los jardines maternales.
Refiere a aquellos establecimientos destinados a la atención integral de la población infantil desde los 45 días de edad hasta los 4 años inclusive.
Exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos durante el primer año a los nuevos inscriptos en la Categoría Régimen Simplificado.
Además, se establece una exención del 50% durante el segundo año. Entre los beneficiados por esta medida se encuentran personas físicas que facturen hasta $2.600.000 al año. Esta exención les permitirá ahorrar hasta $78.000 anuales o $13.000 bimestrales.